Seguro Accidentes Personales

La Cobertura de Accidentes Personales puede tener estas combinaciones de amparo

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Un seguro de Accidentes Personales es una herramienta de protección pensada para trabajadores independientes o en relación de dependencia para eventos sociales, medicina, agro, choferes, personal de mantenimiento, deportistas, estudiantes y otros.  

Puede cubrir al mismo interesado o contratarlo para cubrir a otra persona.

Se destaca por ser muy flexible en cuanto a que se puede elegir la cantidad de días de cobertura, ya sea por única vez o con continuidad en el tiempo.

Es un seguro que te cubre cuando se generan lesiones, incapacidad o muerte, como consecuencia de un accidente, caída o un golpe, ya sea en el ejercicio de la profesión o tu rutina. Opcionalmente también brindan cobertura de gastos farmacéuticos y/o médicos.

El valor de estos seguros varía debido al cálculo que resulta del valor que se desea asegurar, coberturas a contratar, la edad de los asegurados, la actividad que desempeñan, entre otras características.
 

Accidentes Personales I

  • Muerte
  • Invalidez Parcial y/o Total Permanente

Accidentes Personales II

  • Muerte
  • Invalidez Parcial y/o Total Permanente
  • Asistencia Médica y/o Farmacéutica

Interpretación de las Coberturas

El Asegurador se compromete al pago de las prestaciones estipuladas, en el caso que la persona designada en la misma como asegurado, sufriera durante la vigencia del seguro algún accidente que fuera la causa originaria de su muerte o invalidez permanente total o parcial y siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten a más tardar dentro de un año.

Exclusiones

Las consecuencias de las enfermedades de cualquier naturaleza, inclusive las originadas por picaduras de insectos. Los accidentes que el asegurado o los beneficiarios, por acción u omisión provoquen dolosamente o con culpa grave.

Los accidentes causados por vértigos, vahídos, lipotimias, convulsiones o parálisis, enajenación mental, carreras-ejercicios o juegos atléticos de acrobacia, uso de motocicleta. Personas menores de 14 años y mayores de 65 años.

Posibilidad de otorgamiento de cobertura:

14 a 65 años de edad.

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